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jueves, 24 de abril de 2014

En el Día Nacional de los Ayuntamientos

El 24 de abril de cada año se celebra en la República Dominicana el Día Nacional de los Ayuntamientos, en virtud de que para la misma fecha, pero en 1494, fue fundado en el Castillo La Isabela  el primer Cabildo de América.

Propicia es la ocasión para hacer una breve reflexión sobre el desempeño de los  gobiernos locales en el país y de manera especial en el ahora Municipio de Baitoa.

La legislación municipal, Ley No. 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios, confiere a los gobiernos locales, ya sean de los municipios o de los distritos municipales, competencias propias, delegadas o coordinadas, las cuales deben ser puestas en marcha en el territorio.

Esas competencias van desde el ordenamiento del tránsito y  del territorio,  la gestión del espacio público, la construcción de infraestructura y el equipamiento urbano y el establecimiento de normativas para la protección de la higiene y la salubridad públicas para garantizar el saneamiento ambiental.

Otras competencias son la preservación el patrimonio histórico y cultural del municipio, construcción y gestión de mataderos, mercados y ferias; Construcción y gestión de cementerios y servicios funerarios, servicios de limpieza y ornato público, recolección, tratamiento y disposición final de residuos sólidos. También,  prevención, extinción de incendios y financiación de las estaciones de bomberos; Ordenar y reglamentar el transporte público urbano,  y la promoción, fomento y desarrollo económico local, entre otras.

El desarrollo de todas esas competencias tiene la finalidad de que los ayuntamientos sean agentes dinámicos en la mejoría de la calidad de vida de las personas que habitan en el municipio, proveyéndolas de servicios de calidad y contribuyendo con su  desarrollo social, económico, cultural y político.

Eso sí, el legislador a colocado como premisa que “durante los procesos correspondientes al ejercicio de sus competencias, los ayuntamientos deben garantizar la participación de la población en su gestión, en los términos que defina esta legislación, la legislación nacional y la Constitución”, garantizando el derecho a la información de forma veraz, adecuada, completa y oportuna.

Vistas las competencias de los ayuntamientos, cabe preguntar: ¿Cuáles de esas competencias son desarrolladas cabalmente por el Ayuntamiento de Baitoa? ¿Con qué equipamiento urbano cuenta el municipio? ¿Qué ocurre con la gestión de los cementerios y  servicios fúnebres?  ¿Por qué no se ha trabajado en la instalación de una estación de bomberos? ¿Y del desarrollo económico local, qué? ¿Cuándo iniciaran los pasos para el ordenamiento territorial?

Fácilmente podemos concluir diciendo,  que en materia de cumplimiento de sus competencias, el Ayuntamiento de Baitoa se quemó.   

Envia:Alfredo Matias

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